Todo contrato legalmente celebrado es una verdadera ley para las partes contratantes. Lo asesoramos tanto para exigir su cumplimiento como para defenderlo ante demandas de cumplimiento.
"Pacta sunt servanda — los pactos deben cumplirse."
— Principio del derecho romanoTodo contrato legalmente celebrado es una verdadera ley para las partes contratantes, y no puede ser invalidado sino por consentimiento mutuo o por causas legales.
Nuestros profesionales están capacitados tanto para:
Es posible deducir nulidades respecto de un contrato para impedir su cumplimiento cuando existe un vicio que afecta su validez:
Las acciones de nulidad tienen plazos específicos que no conviene dejar pasar. La nulidad absoluta prescribe en 10 años; la relativa, en 4 años desde que cesó el vicio o el incapaz alcanzó la capacidad.
Cuando el incumplimiento contractual causa daño, el afectado tiene derecho a una indemnización que comprende:
Un contrato bien redactado previene conflictos. Un contrato mal redactado los garantiza. Asesórese antes de firmar.
Cuéntenos su caso. La primera conversación es sin compromiso — analizamos su situación y le proponemos la estrategia más conveniente.
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