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Cumplimiento y nulidad de contratos.

Todo contrato legalmente celebrado es una verdadera ley para las partes contratantes. Lo asesoramos tanto para exigir su cumplimiento como para defenderlo ante demandas de cumplimiento.

§

"Pacta sunt servanda — los pactos deben cumplirse."

— Principio del derecho romano

Cumplimiento y ejecución de contratos

Todo contrato legalmente celebrado es una verdadera ley para las partes contratantes, y no puede ser invalidado sino por consentimiento mutuo o por causas legales.

Nuestros profesionales están capacitados tanto para:

Nulidades contractuales

Es posible deducir nulidades respecto de un contrato para impedir su cumplimiento cuando existe un vicio que afecta su validez:

Plazos de prescripción

Las acciones de nulidad tienen plazos específicos que no conviene dejar pasar. La nulidad absoluta prescribe en 10 años; la relativa, en 4 años desde que cesó el vicio o el incapaz alcanzó la capacidad.

Indemnización de perjuicios

Cuando el incumplimiento contractual causa daño, el afectado tiene derecho a una indemnización que comprende:

Un contrato bien redactado previene conflictos. Un contrato mal redactado los garantiza. Asesórese antes de firmar.
Conversemos

¿Necesita asesoría en contratos?

Cuéntenos su caso. La primera conversación es sin compromiso — analizamos su situación y le proponemos la estrategia más conveniente.

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